«G., R. E. c/ M. M., A. D. C. s/ INCIDENTE DE CESE DE CUOTA ALIMENTARIA (Expte. Nº 303/2018)» (Expte. Nº 25083- Año 2019)
Abstract
El S.T.J., haciendo lugar al recurso de casación interpuesto, rechazó el cese de cuota alimentaria y estableció el aporte alimentario y cobertura de obra social por el tiempo que tuvo vigencia el vínculo matrimonial, en favor de la Sra. M.M. Con fundamento en normativa nacional, constitucional y convencional, doctrina y jurisprudencia que citan, entendieron que la sentencia recurrida carecía de enfoque de género y el necesario deber de la magistratura de ponderar las desigualdades, considerando las “formas entrecruzadas de discriminación” es decir, la interseccionalidad.“… el fallo debió estar despojado de estereotipos de género (por ser el único camino para superar las desigualdades históricas del colectivo de mujeres), máxime que no es una opción para el juzgador sino que viene impuesto por ley... la interseccionalidad de la discriminación padecida por la Sra. M. M. potenció su vulnerabilidad.”
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Oficina de la Mujer y Violencia de Género
