“A., A. A. S/PSA. lesiones leves agravadas por haber sido cometidas contra una persona con la que ha mantenido una relación de pareja, desobediencia y tenencia ilegal de arma de guerra, todo ello en concurso real en calidad de autor” Carpeta Judicial N° 2113 Legajo Fiscal N° 11.467
Abstract
La Magistrada valoró los testimonios y las evidencias presentadas en el desarrollo del debate. Con dedicada atención al informe obrante respecto del ciclo de la violencia en la que se encontraba inmersa la víctima y los testimonios brindados por las profesionales del SAVD. Con el análisis conjunto del plexo probatorio fundó su decisión condenatoria en la legislación nacional e internacional en materia de violencia de género, no otorgó validez a la “retractación de la víctima” ya que consideró que la prueba aportada no avalaba esos extremos. Expresó que, “En el caso la víctima se retractó, y una explicación posible, conforme manifestaron las profesionales del Servicio de Asistencia a la Victima podríamos encontrarla en el círculo de la violencia (…) Tenemos una víctima que primero intentó retractarse y al no haber cesado el Estado en la persecución de los delitos denunciados llegó a autoincriminarse”.
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Oficina de la Mujer y Violencia de Género
