“MINISTERIO PUBLICO INVESTIGA HOMICIDIO AGRAVADO”
Abstract
El tribunal condenó, a S.A.P. a la pena de prisión perpetua en orden a los delitos de Homicidio agravado y Homicidio agravado en grado de tentativa, en calidad de autor (arts. 42,45,55, 80 incs. 1° y 11°del Código Penal, resaltando que en estos casos la prueba debe ser analizada conforme a los extremos señalados por la Convención de “Belem do Pará” y la Ley Nacional N° 26.485 de “Protección Integral de las Mujeres”. Para los Magistrados no quedaron duda que al momento del hecho el acusado era conviviente con L. y por ello le cabe la agravante del Art. 80 inc.1 C.P. Respecto a la agravante aplicada del inc. 11 expresaron que la agresividad física puesta de manifiesto en el evento provocándole la muerte, con independencia de que no haya existido violencia previa, ya de por sí puede y debe ser valorado con el contexto de violencia de género.
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Oficina de la Mujer y Violencia de Género
