“PROVINCIA DEL CHUBUT c/ C. O.D.” (Carpeta Judicial 5160 – Legajo Fiscal 44.443)
Abstract
La Magistrada valoró que en los hechos por los que se encontró penalmente responsable el delito de Grooming en concurso real con Abuso Sexual Simple a C., se violentaron los derechos de una víctima atravesada por una multiplicidad de factores que incrementaron su vulnerabilidad. Con cita en normativa Internacional afirmó que las conductas perpetradas por el acusado infringieron la más básica y elemental protección de quienes transitan la infancia, los que, por su particular vulnerabilidad, han sido merecedores de cuidado, protección y asistencia especiales a través de diversos instrumentos normativos.
Afirmó que el acusado entabló el contacto con la víctima y comenzó a desplegar una serie de conductas para ganarse la amistad y confianza de la misma, para finalmente, como consecuencia del contacto, lograr la finalidad perseguida, llegando a la ejecución de al menos un delito que atentó de manera concreta y real contra la libertad sexual de la niña
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Oficina de la Mujer y Violencia de Género
