«P. T., M. L. s/ dcia. lesiones, amenazas r/ víctima. Rawson 2021 s/ impugnación extraordinaria (R. J. B.)» (Expediente N.° 101046 – Año 2024 – Carpeta Judicial N.° 7458 OJ Rawson)
Abstract
El Superior Tribunal de Justicia de Chubut anuló la absolución y ordenó un nuevo juicio en razón que el tribunal de origen no aplicó perspectiva de género. Expresó que, la defensa material del imputado no es un derecho absoluto y debe armonizarse con los derechos de la víctima. Permitir que él victimario interrogara a su expareja en un caso de violencia de género fue un acto de violencia institucional que desconoció la obligación de la justicia de protegerla y evitar su revictimización
“La incorporación de la perspectiva de género en el derecho es un mandato internacional que obliga a los órganos judiciales a identificar y corregir desigualdades estructurales que afectan a mujeres y personas vulnerables. Este enfoque no puede ser obviado en ninguna etapa del proceso, en todos aquellos casos que está involucrada la violencia de género”. Del voto de la Dra. Camila Banfi.
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Oficina de la Mujer y Violencia de Género
