Repository logo

«G.H. S. psa autos: impugnación extraordinaria» (Expediente N.° 101223 – Año 2025 – Carpeta Judicial N.° 10735 OJ Puerto Madryn

dc.contributor.authorOficina de la Mujer y Violencia de Género
dc.date.accessioned2026-09-10T15:37:22Z
dc.date.issued2026-04-13
dc.descriptionEl caso se juzgó expresamente bajo la figura de femicidio. Se aplicó el artículo 80, inciso 11 del Código Penal argentino, que sanciona el homicidio de una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género. La tesis acusatoria sostuvo que el imputado dio muerte a la víctima «aprovechando la situación de vulnerabilidad de la víctima en razón de su género» atento que el hecho ocurrió durante la madrugada en el domicilio del agresor, un ámbito cerrado que limitaba las posibilidades de auxilio de la víctima. La resolución menciona una marcada diferencia de contextura física (superioridad física del autor sobre la víctima), en la que se destacan factores ambientales y de contexto como la nocturnidad, el aislamiento del lugar del hecho y la situación social de indefensión en la que se encontraba T.. En el relato de los hechos se describieron actos de cosificación y descarte. El imputado cargó el cuerpo de la víctima en su vehículo y lo trasladó a una zona desértica a dos kilómetros de la playa para deshacerse de él, dejándolo oculto entre unas matas. Esto evidenció un trato degradante, incompatible con el respeto a la dignidad humana. La defensa intentó desestimar la violencia de género argumentando que fue un encuentro único por redes sociales, sin historial previo de celos o control y que la autopsia reflejó un único golpe. Sin embargo, la sentencia de la Cámara (ahora bajo revisión) validó que, “las condiciones del ataque bastan para encuadrar el dolo de género, sin necesidad de probar un historial largo de abusos o un "odio" explícito”.
dc.description.abstractEl Superior Tribunal de Justicia de Chubut confirmó la condena a prisión perpetua de G. H. S. por femicidio (art. 80 inc. 11 CP), tras la impugnación extraordinaria de la defensa contra la sentencia de la Cámara Penal. La revisión se enfocó en el control de razonabilidad de la sentencia tras la condena por jurado popular y la consulta obligatoria de la pena. La defensa intentó desestimar la violencia de género argumentando que fue un encuentro único por redes sociales, sin historial previo de celos o control y que la autopsia reflejó un único golpe. Sin embargo, la sentencia de la Cámara validó que “las condiciones del ataque bastaron para encuadrar el dolo de género, sin necesidad de probar un historial largo de abusos o un "odio" explícito”.
dc.identifier.urihttps://repositorio.juschubut.gov.ar/handle/123456789/556
dc.language.isoes
dc.publisherOficina de la Mujer y Violencia de Género
dc.relation.urihttps://www.oficinadelamujer.gob.ar/om/guia-de-estandares
dc.subjectDerecho a la vida sin violencia
dc.subjectDerechos de las mujeres en situación de vulnerabilidad
dc.subjectFemicidio
dc.subjectViolencia Física
dc.subjectOtras vulnerabilidades
dc.subjectViolencia de Género
dc.subjectAsimetría de Poder
dc.subjectPerspectiva de Género
dc.title«G.H. S. psa autos: impugnación extraordinaria» (Expediente N.° 101223 – Año 2025 – Carpeta Judicial N.° 10735 OJ Puerto Madryn
dc.title.alternativeCASO 178
dc.typeDocumento

Files

Original bundle

Now showing 1 - 1 of 1
Loading...
Thumbnail Image
Name:
2_T_S.pdf
Size:
671.72 KB
Format:
Adobe Portable Document Format

License bundle

Now showing 1 - 1 of 1
Loading...
Thumbnail Image
Name:
license.txt
Size:
2.64 KB
Format:
Item-specific license agreed to upon submission
Description:

Collections