“VF-T., V. s/ denuncia tentativa de homicidio s/Impugnación” Carpeta Judicial Nº 7851 OFIJU – Expte. Nº 06/2020 CPPM
Abstract
La Cámara Penal por unanimidad, confirmó la sentencia condenatoria en los términos del artículo 80 inc. 1 y 11 C.P. (femicidio en grado de tentativa). Entendieron que se realizó una adecuada valoración del testimonio de la víctima que, entre otras cosas, acredita el contexto de violencia de género: “Estas circunstancias no sólo fueron corroboradas por las expresiones de la víctima. Depusieron sus amigas (…) quienes también dieron cuenta de diferentes situaciones que, aisladamente, -tal como pretende analizar el esmerado Defensor-, podrían resultar meras apreciaciones por parte de cada testigo, pero que, si se analizan de manera conglobada con el resto de las probanzas, indefectiblemente la solución que se debe dar al presente caso, es a la luz de lo establecido por la Convención de Belem Do Pará. El desarrollo habitual de la vida de T., a raíz de las presiones ejercidas por su pareja, con el afán de cosificarla, dan sustento al agravante.”
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Oficina de la Mujer y Violencia de Género
