“R. P. M. S / *Incidente (Planteo de competencia - Inhibitoria)” (XXXXXX/4/2019)
Abstract
La Magistrada rechazo la solicitud de declaración de competencia y la consecuente inhibitoria de la Jueza interviniente en autos “B. F. V. c/ R. P.M. S/ Reintegro de Hijo”, planteada con fundamento en el centro de vida de los menores.
Mediante una interpretación armónica de la normativa aplicable, con perspectiva de género y remitiéndose a definiciones de ONU, CEPAL, Regla 18 de la 100 Reglas de Brasilia y recomendaciones del Comité CEDAW concluyó que “… entre ambas partes existe una desigualdad económica que coloca a la mujer en una situación de vulnerabilidad que debe ser contemplada, y la declaración de competencia de esta magistrada pretendida por el actor acentuará esa vulnerabilidad, al conminar a la madre de los niños a regresar a esta ciudad a fin de requerir la restitución de sus hijos.”
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Oficina de la Mujer y Violencia de Género
