"VF- C., J. M. s/ lesiones" y su acumulada legajo fiscal N° 100.788, carpeta judicial N° 11.684, caratulada: “C., J. E. s/ Desobediencia Judicial"
Abstract
El tribunal, con fundamento en normativa, doctrina y jurisprudencia Internacional, Nacional y local condenó a C., J.M a la pena de cuatro años de prisión de efectivo cumplimiento por los delitos enrostrados por el Ministerio Fiscal. En sus fundamentos expresó que se probó en el debate que el denominador común en todos los hechos por los que fue encontrado responsable el imputado fue la violencia de género. Y que si bien las figuras de desobediencia judicial y amenazas no fueron agravadas por el legislador cuando fueren cometieran en este marco, verificar este tipo de violencia permite un incremento al momento de graduar el injusto y la culpabilidad del causante, “…pues la comisión de estos delitos no tenían como única finalidad amedrentar a una víctima, ni desobedecer la orden de una juez, sino continuar hostigando psicológicamente a una mujer e infringir una manda que, precisamente, se había dispuesto con la finalidad de protegerla.”
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Oficina de la Mujer y Violencia de Género
