Repository logo

V., M. P.S.A. ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL S/IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA”

Oficina de la Mujer y Violencia de Género • 2023-03-09•Documento

Abstract

El Procurador General de la Provincia del Chubut interpuso Recurso Extraordinario Federal contra la sentencia de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia que declaró inadmisible la impugnación extraordinaria del Ministerio Público Fiscal en una causa por abuso sexual con acceso carnal. El recurso sostuvo que la resolución impugnada incurrió en arbitrariedad de sentencia, porque rechazó el planteo fiscal mediante fundamentos genéricos, impidiendo la revisión de la absolución dictada en juicio y que, tanto el tribunal de juicio como el Superior Tribunal omitieron analizar el caso con perspectiva de género desconociendo las obligaciones derivadas de la Ley 26.485, la Convención de Belém do Pará y los estándares internacionales sobre violencia contra las mujeres, incumplimiento con el deber estatal de actuar con debida diligencia en la investigación y juzgamiento de hechos de violencia sexual.
Loading...
Thumbnail Image

Files

2_RECURSO_M_P_F_CH.pdf 1.47 MB

Publisher

Oficina de la Mujer y Violencia de Género

Journal Title

Journal ISSN

Volume Title

Citation

Endorsement

Review

Supplemented By

Referenced By

Keywords

Derecho a la vida sin violencia, Derechos de las mujeres en situación de vulnerabilidad, Derecho a la tutela judicial efectiva, Violencia sexual, Niñas y adolescentes, Acceso a Justicia y Debida diligencia, Prueba, Absolución, Recurso extraordinario Federal, Arbitrariedad de sentencia, Perspectiva de Género, Valoración de la prueba

Description

El recurso extraordinario federal cuestionó la decisión del Superior Tribunal de Justicia de Chubut que declaró inadmisible la impugnación extraordinaria del Ministerio Público Fiscal contra la absolución del imputado por abuso sexual con acceso carnal afirmando que, el tribunal de mérito realizó una valoración fragmentada e incompleta de la prueba producida durante el debate. La Fiscalía sostuvo que la resolución careció de fundamentación suficiente y configuró un supuesto de arbitrariedad, ya que impidió el control judicial de una sentencia absolutoria cuya valoración probatoria consideró defectuosa. Afirmó que el Tribunal analizó la prueba de manera aislada y fragmentaria, sin efectuar una apreciación integral del conjunto probatorio. Como eje central, el recurso denunció la ausencia de una valoración con perspectiva de género, argumentando que los tribunales omitieron aplicar los estándares nacionales e internacionales que rigen la investigación y el juzgamiento de delitos de violencia sexual contra las mujeres, especialmente los derivados de la Ley 26.485 y de la Convención de Belém do Pará. Sobre esa base, solicitó la apertura de la instancia extraordinaria federal para que la Corte Suprema revise la decisión del Superior Tribunal, deje sin efecto la declaración de inadmisibilidad, habilite el tratamiento de la impugnación extraordinaria interpuesta por el Ministerio Público Fiscal, y ordene el reenvío de las actuaciones para que el Superior Tribunal trate el fondo de la impugnación extraordinaria fiscal. En fecha 07 de mayo de 2026, la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja interpuesta por el Procurador General del Chubut, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada.