“O., J. D. psa Abuso Sexual” Carpeta Judicial N° 9015 - Legajo Fiscal N° 71754
Abstract
Fundando su apartamiento del antecedente de la CSJN –“Góngora” en la normativa vigente y en Recomendaciones del Comité CEDAW, la magistrada homologó el acuerdo reparatorio sometido a su decisorio. “Sostengo que es necesario escuchar a la víctima, para tomar una decisión conforme a sus intereses, y que es posible apartarse del precedente de la Corte, dando fundamentos adecuados al caso en particular. Es así que la Recomendación N° 35 del Comité CEDAW… lo que señala es que estas soluciones alternativas no deben ser obligatorias, que deben analizarse rigurosamente para determinar si efectivamente lo hizo con discernimiento, intención y libertad. (…) existe un compromiso más del Estado para con la víctima: la no repetición de hechos de esta naturaleza. Y ello debe ser cumplido: la sanción no siempre será la respuesta más adecuada, la fijación de un compromiso como pauta de conducta de prevención, bien puede cumplir con ese objetivo”
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Oficina de la Mujer y Violencia de Género
